Circular 43/21 26 de marzo de 2021

Circular 43/21 26 de marzo de 2021

Estimada asociada:

El BOB de ayer publicó el DECRETO FORAL NORMATIVO 4/2021, de 23 de marzo, de medidas extraordinarias adicionales relacionadas con la COVID-19 y de apoyo a la reanudación de la actividad económica (https://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2021/03/25/I-224_cas.pdf?hash=6fa7e8f1b63b5a39c0fe6c2fae5ed2e8).

Las principales medidas fiscales son:

  1. Las y los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que ejerzan actividades económicas no estarán obligados a autoliquidar e ingresar en la Hacienda Foral de Bizkaia los pagos fraccionados correspondientes al primer y segundo trimestres de 2021 (art. 1).
  2. Se establecen medidas de apoyo a arrendamientos de locales dedicados al desarrollo de actividades económicas especialmente afectadas como consecuencia de la COVID-19 (arts. 3 a 7) que se resumen en:
  • Para las y los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes tendrá la consideración de gasto fiscalmente deducible para la determinación de la base imponible el importe de la rebaja en la renta arrendaticia (art. 3).
  • Deducción de la cuota equivalente al 15 por 100 de los gastos e inversiones efectuados en el período impositivo iniciado a partir del 1 de enero de 2021 con el objeto de permitir la reanudación o recuperación de su actividad económica o su adaptación a las condiciones derivadas de las medidas adoptadas por las autoridades sanitarias para combatir la propagación de la pandemia de la COVID-19 (art. 4).

La deducción se aplica a actividades que fueron suspendidas y/o con reducción de operaciones acreditable (ver art. 4.2).

Un saludo.

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