Circular 39/21 15 de marzo de 2021

Estimada asociada:

  1. El sábado pasado adelantábamos en la Circular 38/21 las medidas de refinanciación aprobadas en el Consejo de Ministros, de aplicación a los prestamos avalados por el ICO.

Tras conversación con ELKARGI hemos verificado que también serán de aplicación a sus préstamos por Covid19, pero aún está pendiente definir procedimiento y requisitos.

  1. El B.O.P.V. de hoy ha publicado una medida diferente con el DECRETO 106/2021, de 9 de marzo, por el que se desarrolla el programa de apoyo financiero a pequeñas y medianas empresas, personas empresarias individuales y profesionales autónomas de 2021 para responder al impacto económico del COVID-19 (https://www.euskadi.eus/y22-bopv/es/bopv2/datos/2021/03/2101518a.shtml).

Se trata de “una línea de financiación, destinada a pequeñas y medianas empresas, personas empresarias individuales y profesionales autónomas”, con la finalidad de “permitir el acceso a la financiación bancaria para atender las necesidades de liquidez y financiación de los citados agentes económicos en gastos de estructura correspondientes a 6 meses.

Así mismo, tiene por objeto que las pequeñas y medianas empresas, personas empresarias individuales y profesionales autónomas que tengan préstamos en vigor formalizados al amparo del Decreto 50/2020, de 31 de marzo tengan la posibilidad de novar las operaciones formalizadas, previa solicitud expresa de las empresas o personas interesadas, con el objeto de adecuarlas a las condiciones financieras ofrecidas en el presente Decreto”.

La financiación se condiciona a un aval con ELKARGI con:

  • Comisión de formalización y comisión de estudio 0,25 % del aval formalizado y por una sola vez, en el momento de formalización de la operación.
  • Comisión de aval: 0,75 % anual, del que se subvencionara la mitad.
  • Tipos de interés máximos: Euribor a seis meses más un diferencial que será subvencionado.

Los préstamos podrán contemplar dos años de carencia opcional de amortización del principal. Las entidades comprometidas con la convocatoria son Kutxabank, S.A.; Banco Sabadell, S.A.; Bankinter, S.A.; Banco Santander, S.A.; Bankoa, S.A.; Bbva, S.A., Caixabank, S.A.; Abanca, S.A.; Arquia Bank, S.A.; Fiare Banca Ética; Bankia, S.A.; Caja Laboral Popular, S.C.C. y Caja Rural de Navarra, S.C.C. Pudiendo solicitarse las líneas a partir de mañana.

La cuantía de los préstamos estará comprendida:

  • Entre 5.000 euros y 1.000.000 euros para pequeñas y medianas empresas.
  • Entre 5.000 euros y 100.000 euros para personas empresarias individuales y profesionales autónomas.

Dentro de esta franja se habilita una línea específica de préstamos para importes entre 5.000 euros y 25.000 euros destinada a la financiación de pequeñas y medianas empresas y personas empresarias autónomas empresas encuadradas en los sectores más castigados por la pandemia causada por el COVID-19, y que ha conducido en determinados casos a cierres temporales de negocios y/o a una caída significativa en su cifra de ventas o ingresos recurrentes”.

En el art. 8 se localiza la documentación a presentar, remitiéndose a unos modelos que se obtienen de la propia convocatoria (págs. 16 y ss.).

Aprovechamos para recordar también que disponéis de un gabinete de asistencia directa en los números 944050019 y 688767758.

Un saludo.

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