Estimada asociada:
Ayer se publicó en el BOB la ORDEN FORAL 73/2021, de 12 de enero, del diputado foral de Hacienda y Finanzas, por la que se aprueban los índices y módulos del régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido para el año 2021 (https://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2021/01/15/I-18_cas.pdf?hash=19ca3f80039685026ec5a4a2baa7fa61).
En el art. 1 se recogen las actividades o sectores susceptibles de inclusión. Mientras que en el art. 2 las magnitudes excluyentes de inclusión en tales actividades, como por ejemplo 250.000 euros de volumen de ingresos anuales.
Los sujetos pasivos que desarrollen actividades a las que sea de aplicación el régimen especial simplificado y deseen renunciar a él o revocar su renuncia para el año 2021 dispondrán para ejercitar dicha opción hasta el 25 de abril del citado año.
En anexo II de la Orden se encuentran los índices y módulos aplicables por actividades.
Un saludo.